
El Ministerio de Salud Pública (Minsap) de la República de Cuba emitió el pasado 16 de agosto de 2021 la Resolución 137/2021 que establece los requisitos higiénico-sanitarios para la emisión de la licencia sanitaria en las actividades o proyectos vinculados al procesamiento o al expendio de los alimentos así como al cuidado de los niños o de los enfermos, las personas en situación de discapacidad y los ancianos. Instituye, además, las prohibiciones para el ejercicio de las actividades o de los proyectos anteriormente mencionados y el procedimiento para la solicitud y la emisión de las correspondientes licencias sanitarias.
La presente norma deroga la Resolución 179, del 2 de julio del año 2018, del Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba que aprobó los requisitos higiénico-sanitarios para la obtención de la licencia sanitaria en las actividades que se ejercen como trabajo por cuenta propia que así lo requieran.
100% DE ACUERDO PORQUE EXISTEN PERSONAS QUE DE DEDICAN A LA ELABORACIÓN Y EXPENDIO DE ALIMENTOS AUN SIN REUNIR EL MÍNIMO DE REQUISITOS , SITUACIÓN ÉSTA QUE PUEDE PROVOCAR UN BROTE DE INTOXICACIÓN ALIMENTARIA SALUDOS????